Les quiero hacer llegar alguna observación al proyecto de
real decreto (por el que se aprueba del procedimiento básico para la
certificación de la EE de los edificios – BOE 154_2012) y reflexiones
relacionados:
-Reconocimiento explicito del programa PHPP (del estándar
energético Passivhaus) que lleva más que una década diseñando, calculado y
modelando edificios de consumo casi nulo (NZEB) con éxito y gran exactitud en
Alemania, Austria… se podía entender como una opción “simplificada” para un
alto nivel energético (si se cumple el estándar Passivhaus automáticamente es
una A o A+ sin necesidad pasar por Calener etc.).
-Dar la misma importancia, o más, al consumo energético que
a las emisiones de CO2 (si tengo el consumo bajo al final también
está el CO2 bajo): así es mas comparable con los edificios de
nuestros vecinos europeos y más fácil de entender por el consumidor final
(parecido con el consumo del coche litros/100km), menos abstracto, mas fácil
estimar el significado económico, el gasto para el habitante,…
-simplificar la etiqueta, centrarle en el consumo (vea
arriba); los términos no son de conocimiento general para el consumidor, los
datos resultantes de la etiqueta deben coincidir con el consumo esperado del
edifico. (ej. el inquilino del piso espera según la etiqueta y la superficie un
consumo de 300l de gasoil/gas/… pero gasto 1000l – es importante que
puede hacer un cálculo estimado con los datos de la etiqueta y tener con la
misma la base de reclamar, tener una previsión de gastos, una base para tomar
decisiones… )
-Definir superficies, y unificar nomenclatura y
definiciones entre los distintos ámbitos de la construcción y CTE.
-Promover y facilitar la utilización de programas
alternativos (subvencionar asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro del
sector, facilitarles el tramite…)
-Donde está la reflexión de los últimos años sobre de la CEE
y sus consecuencias? Sobre la calificación con programa oficial limitado
y anticuado y MUY complicado? (para ser claro: hablo del CALENER y del
LIDER)
-La disposición del programa informático para la CEE es
insuficiente con un día de adelanto respecto a la fecha de entrada en vigor ya
que hay que familiarizarse con el programa y también hace falta de tiempo para
la certificación y visado y registro para que se puede entregar el certificado
para la fecha de entrada en vigor.
-no se establece tiempos máximos (administrativos) para la
inscripción de la calificación en el registro ni “condenas”/consecuencias por
el incumplimiento (actualmente tenemos varios pendientes en el registro con ya
8 meses de espera!)
-el decreto no especifica los plazos intermedios que indica
la directiva 2010/31/UE para llegar a los NZEB.
-los programas informáticos actuales no permiten modelizar
(correctamente) NZEB!; son soluciones singulares sobre cuales hay criterios muy
diversos; las programas no permiten ventilación de doble flujo con recuperación
- precisa para NEZB - etc. etc.
-el documento informativo de “Aceptación de soluciones
singulares y …” es muy general y no concreta nada para solucionar estrategias
etc. no contempladas.
-un edificio NZEB excede la clase A, la escala de la CEE no
prevé A+ ni A++
-tampoco están previsto edificios por encima de NZEB, ni las
de consumo cero, ni las casas con balance positiva: tanto en la calificación
como tampoco en el cálculo!
Nace un nuevo decreto ya anticuado antes de entrar en vigor.
- incluir en la comisión asesora mas técnicos y aplicadores.
– velar mas por una corta administración (tiempos y
papeleo), velar mas por una aplicación fácil: hay ejemplos y es posible! dan
la impresión que importa más los procedimientos que los resultados.