la clase B ya es el mínimo en obra nueva!
"CTE HE0
2.2.2 Edificios nuevos o ampliaciones de edificios existentes de otros usos
La calificación energética para el indicador consumo energético de
energía primaria del edificio o la parte ampliada, en su caso, debe ser
de una eficiencia igual o superior a la clase B, según el procedimiento
básico para la certificación de la eficiencia energética de los
edificios aprobado mediante el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril"
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