viernes, 10 de enero de 2014

Tarifas de referencia para el certificado energético

El Gobierno aprueba unas tarifas de referencia para el Certificado Energético 

por Fuensanta Carmona
Hoy acaban de ser publicadas en el BOE las tarifas en relación a los trabajos de certificación y auditoría energética de bienes inmuebles realizados por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, SEGIPSA,  según la Resolución de 7 de noviembre de 2013 de la Subsecretaría.
Según el documento indica, la disposición adicional primera del Real Decreto 235/2013 establece que, para los edificios pertenecientes y ocupados por las Administraciones Públicas enumeradas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los certificados, controles externos y la inspección, a los que se refieren los artículos 7, 8, 9 y 10 del Procedimiento básico que se aprueba, podrán realizarse por técnicos competentes de cualquiera de los servicios de esas Administraciones Públicas
Cabría preguntarse varias cuestiones, como por qué si el RD 235/2013 entró en vigor el 1 de junio de 2013, hasta ahora, 19 de noviembre de 2013,  han tenido que pasar casi 6 meses para que la administración “regule” los precios del Certificado Energético para los inmuebles en los que es propietaria, ya que en teoría "debería de dar ejemplo" en este ámbito al resto de ciudadanos. En el caso de edificios privados (como supuestamente a edificios públicos), ya se estaba exigiendo el Certificado Energético y realizando en algunas comunidades autónomas (desconocemos cuáles, excepto Madrid y Cataluña) la inspección por parte de los organismos competentes.
Otra cuestión que valdría la pena preguntarse es por qué sí se pueden regular las tarifas para edificios públicos, la mayor parte de profesionales que actualmente intentan dedicarse a elaborar Certificados Energéticos tienen que dejarse la piel por conseguir competir con empresas que están tirando los precios por el suelo, y que en algunos casos están realizando un negocio fraudulento para el consumidor y desvirtuando el sentido que realmente tiene la Certificación Energética, convirtiendo una herramienta que sería muy útil a la hora de comprar o alquilar una vivienda o local, en un mero trámite sin sentido con afán recaudatorio.
Podría ser que visto el desconcierto general que ha suscitado la implantación del Certificado Energético, éste sea el primer paso para regular un mercado que parece que se ha vuelto loco.
Con éste documento, se aprueban las tarifas que se aplicarían a los trabajos de certificación energética de bienes inmuebles sin tasación (tarifa 1), certificación energética de bienes inmuebles con tasación (tarifa 2),  y auditoría y certificación energética (tarifa 3) de bienes inmuebles que sean encomendados a SEGIPSA por parte de la Administración General del Estado.
tarifas 1
tarifas 2
tarifas 3
F.Carmona
Fuente: Inarquia

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